La Xunta de Galicia publica las bases reguladoras para la concesión del Premio Elías Valiña para el año 2023

Premio Elías Valiña

ORDEN de 13 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio Elías Valiña para distinguir la labor revitalizadora de los valores propios de los Caminos de Santiago, y se convoca su XXIV edición para el año 2023.

Elías Valiña Sampedro, cura párroco de la Iglesia católica en O Cebreiro, fue un estudioso del Camino de Santiago. Señalizó con las flechas amarillas el trayecto desde Francia. En Galicia recuperó tramos perdidos de la ruta y promovió la creación del Boletín del Camino de Santiago.

En el transcurso del Encuentro Jacobeo de los párrocos del Camino, que tuvo lugar en Santiago de Compostela entre los días 20 y 24 de mayo de 1985, ya resultaba evidente para todos que Elías Valiña era la persona que debía estar al frente del movimiento jacobeo para coordinarlo. Fue elegido por unanimidad.

El cura de O Cebreiro escribió, entre otras publicaciones, El Camino de Santiago: estudio histórico-jurídico (1971) y El Camino de Santiago. Guía del peregrino (1985).

Es a causa de gratitud y de reconocimiento de su labor de renacer de este gran camino medieval que la Xunta de Galicia creó este premio para distinguir dentro de las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, con una labor de protección, revitalización o fomento del conocimiento y de los valores propios del Camino de Santiago, tanto dentro como fuera de Galicia, a aquella entidad que una comisión de valoración considere que es más merecedora en esta edición de obtener el premio Elías Valiña.

La convocatoria del Premio Elías Valiña pretende destacar con la distinción, desde su primera convocatoria, la labor de entidades jacobeas para revitalizar los valores que fueron y son propios del Camino de Santiago.

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

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